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Decreto 225/2019, de 28 de noviembre regulaba viviendas de uso turístico (VUT) en Cantabria.
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Decreto 50/2025, de 24 de julio reemplaza al anterior. Entra en vigor el 26 de julio de 2025.
Obligaciones esenciales de la nueva norma (50/2025)
Esto resume lo que ahora se exige:
- Declaración responsable con contenidos esenciales (capacidad, titularidad, etc.).
- Informe de compatibilidad urbanística municipal.
- Aprobación de la comunidad de propietarios si la declaración responsable o licencia es posterior al 3 de abril de 2025.
- Equipamientos de seguridad: detector de humo, sistema de monitorización del ruido, extintores, etc.
- Botiquín de primeros auxilios, información turística, placas identificativas, hoja de reclamaciones, teléfono de contacto visible.
- Cumplimiento continuo: mantener los requisitos mientras la actividad esté en marcha.
Excepciones / aspectos de irretroactividad
- La aprobación de la comunidad de propietarios no puede exigirse para aquellas declaraciones responsables o viviendas de uso turístico que estaban en funcionamiento antes del 3 de abril de 2025.
- Todos los titulares de viviendas turísticas ya inscritas definitivamente, o en proceso de tramitación (o en fase de comprobación), tienen plazo de 8 meses desde la entrada en vigor para presentar la declaración responsable conforme al Anexo correspondiente y adaptarse al resto de requisitos.
Guía paso a paso para cumplir con el nuevo Decreto
Voy a indicar lo que debes hacer si:
- A) La licencia no está concedida aún (nuevo solicitante).
- B) La licencia ya está concedida o estás ya operando / inscrito.
A) Si la licencia no esta concedida (nuevo solicitante)
1.Verificar que la vivienda no esté excluida
- Que no esté calificada como vivienda protegida.
- Que cumpla con el uso permitido en el planeamiento urbanístico del municipio. Si no, puede ser denegado.
2.Titularidad
- Asegurarte de que tienes título jurídico: propiedad o derecho de uso suficiente.
- Si es persona jurídica, verificar que esté representado legalmente.
3.Comunidad de Propietarios
- Verificar estatutos para ver si existe prohibición.
- Si la solicitud de licencia o declaración responsable es posterior al 3 de abril de 2025, obtener aprobación expresa de la comunidad conforme a la Ley de Propiedad Horizontal modificada.
4.Informe de compatibilidad urbanística del Ayuntamiento
- Solicitar al ayuntamiento correspondiente un informe que certifique que el uso turístico es compatible en esa vivienda y zona.
5.Preparar equipamiento necesario
Algunos de los requisitos que deberás cumplir:
- Extintor (por planta) visible y accesible.
- Detector de humo.
- Sistema de monitorización del ruido.
- Botiquín de primeros auxilios.
- Información turística disponible para los huéspedes.
- Placa identificativa, teléfono de contacto visible, hojas de reclamaciones.
6.Declaración responsable conforme al nuevo Anexo del Decreto 50/2025
- Rellenar la declaración responsable de apertura. Afirmar que cumples todos los requisitos esenciales.
- Adjuntar la documentación que lo acredite: título de propiedad/derecho de uso, informe urbanístico, certificados técnicos, etc.
7.Inscripción en el Registro General de Empresas Turísticas de Cantabria
- La declaración responsable sirve para la inscripción previa. Sin ella, no se puede operar.
8.Cumplimiento continuo
- Asegurar el mantenimiento de todas las condiciones mientras dure la actividad.
- Tener documentación acreditativa disponible para inspecciones.
A) Si ya tienes la licencia concedida o estás operando / inscrito
1.Comprobar situación
- Ver cuándo presentaste la declaración responsable o cuándo se concedió la licencia: antes o después del 3 de abril de 2025. Eso determinará si necesitas aprobación comunitaria, etc.
- Ver si estás inscrito definitivamente o en fase de comprobación.
2.Adaptarte al nuevo Decreto en el plazo establecido
- Tienes 8 meses desde la entrada en vigor (es decir, desde alrededor del 26 de julio de 2025) para cumplir con todos los requisitos nuevos.
3.Documentación nueva a presentar
- Declaración responsable conforme al Anexo V que incorpora los requisitos nuevos.
- Informe de compatibilidad urbanística municipal.
- Si licencia/declaración posterior al 3 de abril de 2025, aprobación expresa de la comunidad de propietarios. Si anterior, esa exigencia no aplica retroactivamente.
4.Implementar medidas de seguridad / equipamiento nuevas si aún no las tienes:
- Detector de humo
- Sistema de medición / monitorización de ruido
- Botiquín
- Información turística visible
- Revisión de placas, teléfonos de contacto, hojas de reclamaciones, etc.
5.Control y registro
- Asegurarte de que estás inscrito correctamente en el Registro General de Empresas Turísticas de Cantabria.
- Mantener todos los certificados, permisos y autorizaciones al día para posibles inspecciones.
6.Obtener apoyo o asesoría si es necesario
- En algunos casos puede ser necesario apoyo técnico (arquitecto / ingeniero) para emitir certificados.
- Verificar con tu Ayuntamiento si hay normas municipales o ordenanzas locales que imponen más condiciones (limitaciones por zonas, número por edificio, etc.).
7.Sanciones si no se adapta
- Si no cumples en plazo, te pueden imponer sanciones administrativas, incluso cancelación de inscripción, cese de actividad.





